Es Perito y experto quien, ejerciendo públicamente un arte o una profesión, es competente para emitir un ponderado juicio para determinar un hecho, estimar el valor o la magnitud de una cosa.
Los inscritos en el listado de la Cámara de Comercio son personas físicas que durante sus estudios y/o la actividad profesional realizada, han adquirido un profundo conocimiento en uno o varios campos y está en condiciones de efectuar peritajes en comisión. Los inscritos levan actividades de carácter eminentemente práctico, no reguladas por órdenes, colegios y registros profesionales, y por lo tanto tiene sólo la función de publicidad declaratoria, dirigida para dar a conocer al público la idoneidad adquirida para efectuar peritajes en determinadas categorías mercancías.
Cada Cámara de Comercio de cada provincia tendrá el listado de los peritos y los expertos sobre la base de un reglamento tipo aprobado por Decreto Interministerial. Real Decreto 20.9.1934 , n. 2011 - D. Lgs. Lugartenientes 21.9.1944 , n. 315 - D. M. 29.12.1979 - D. M. 29.7.1980 - D. M. 14.2.2005.
El listado esta diferenciado en categorías y sub-categorías que abarcan funciones, mercancías y productos manufacturados en relación con las distintas actividades económicas de producción y servicios que se realizan en cada provincia, identificadas por el Reglamento de la Junta Cameral. La solicitud de inscripción no puede estar en más de tres categorías y deben ser afines entre sí, mientras que no existen limitaciones para el número de subcategorías.
La inscripción en el listado está dispuesta por la Cámara de Comercio a propuesta de la Comisión provincial, a la cual se le establece la tarea de evaluar la subsistencia de los requisitos y la idoneidad para el ejercicio de la profesión de perito y experto en las categorías y sub-categorías requeridas. En caso de que la Comisión considere, a su incuestionable juicio, que los títulos y los documentos entregados no sean suficientes para demostrar tal aptitud, la misma tendrá la facultad de someter al candidato a una entrevista en la que participen los expertos en la materia.
Cada inscrito en el listado de peritos y de los expertos incluido en la Cámara de Comercio de la provincia estará supeditado a la solicitud de requisitos personales, morales y profesionales: